El Ministerio de Educación ha enviado por circular a los Establecimientos Educativos la Resolución Conjunta Nº 128/10, en la que se deroga la Resolución Nº 1258 del 15 de diciembre de 2004 de la cartera educativa, que regulaba las peticiones tendientes a declaraciones de interés educativo, cultural, regional, para la enseñanza privada o auspicios de congresos, jornadas, seminarios, conferencias, cursos, etc.
Esta derogación no implica el reemplazo por una nueva normativa, simplemente plantean que se estima adecuado …“suspender la aplicación de la Resolución Nº1258/04, dejando sin efecto en forma temporararia la recepción de peticiones tendientes a declaración de interés…”
Cabe preguntarnos cuál será el plazo de tiempo hasta el rediseño de una nueva normativa que regule las acciones educativas destinadas a la comunidad???
Pasará igual que con la Resolución 714/04, que regulaba la presentación de los cursos de capacitación la que hasta ahora no ha tenido ninguna resolución???
Curioso son los considerando que la misma resolución plantea para dejar a los establecimientos educativos sin ninguna posibilidad de presentar actividades de extensión, capacitación, formación permanente, explícitamente señalan “que el tratamiento de las mencionadas peticiones insume a los funcionarios ministeriales un tiempo y dedicación considerable en desmedro de la atención de los temas inherentes a su función específica” (entre las cuales evidentemente no cuenta la posibilidad de formación permanente de los agentes del sistema). Aún en el caso de que sea entendible que un funcionario no priorice entre sus actividades la lectura de estas propuestas, también reconocen explícitamente su incapacidad para constituir equipos técnicos, también citado como considerandos: …“Que no se cuenta en esta Jurisdicción con la cantidad de equipos técnicos necesarios para realizar un seguimiento y evaluación de la calidad de las actividades cuyo aval se solicita…”.
Es decir: los funcionarios no tienen tiempo para dedicarse a leer las propuestas que los institutos hacemos, y tampoco han podido, en estos veintisiete meses de gestión, constituir equipos técnicos que le puedan dedicar su tiempo a los pedidos de reconocimiento ministerial. Cuando nos impidieron seguir presentando las capacitaciones bajo un protocolo, y ante la ausencia de propuestas de capacitación para cada uno de los niveles del sistemas. Se plantea un retroceso en la capacidad que los Institutos Superiores de esta provincia desconsiderando o desatendiendo el recorrido realizado por los institutos educativos para desarrollar propuestas educativas de capacitación.
Cabe preguntarse ¿Cuáles son las reglas para el establecimiento de acuerdos que posibiliten la organización de actividades académicas? ¿Qué instituciones? ¿Quiénes serán los evaluadores? ¿Cuàles serán los criterios referenciales para esa evaluación? ¿Cómo se medirá el aporte para la consolidación de un proyecto educativo “sólido y coherente” según consta en la resolución? Sobre todo por los considerando que aluden a la falta de tiempo y recursos humanos en que se declara el Ministerio para la evaluación de proyectos vinculados a la formación docente.
¿Cuándo es oportuno, para el Ministerio, tratar estos temas, que hoy por hoy se vivencian para los funcionarios como una pérdida de tiempo “en desmedro de la atención de los temas inherentes a su función específica”? ¿No hubo nunca un momento oportuno, en estos dos años, para indicar el procedimiento que reconozca a los institutos la posibilidad de presentar cursos, postítulos, proyectos de investigación, talleres, congresos?
En nuestros Institutos, cuando formamos a nuestros docentes, les decimos que siempre hay que partir del “conocimiento previo” para poder avanzar. El sistema educativo santafesino tiene un caudal de conocimiento previo que al menos debe ser respetado, consultado, valorado. Si no, es como querer escribir sobre una “tábula rasa”.
MASI NFORMACION
http://www.areaeducativa.com.ar/sitio/ampliacion.php?id=929
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